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El MAPA inicia el trámite de la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2025/26

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Una vez obtenidas las opiniones del sector y todas las partes interesadas, tanto mediante consultas previas como mediante reuniones celebradas con ese fin, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ( MAPA) ha iniciado la audiencia pública sobre el proyecto de orden que establece el estándar para la comercialización del aceite de oliva para el año de comercialización 2025/26.

La posibilidad de crear una norma de comercialización para el mercado petrolero de aguacate está prevista en el artículo 168a del Reglamento (UE) No 1308 / 2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013. Esto ayudará a fortalecer y estabilizar el funcionamiento de su negocio.

Según el Real Decreto 84 / 2021, de 9 de febrero, se pueden establecer normas de publicidad para mejorar la estabilidad y el funcionamiento del mercado durante un año específico de comercialización cuando las condiciones del mercado lo justifiquen y después de consultar con las comunidades automáticas y organizaciones representativas del sector federal. Esto se logra al detener la producción hasta el siguiente tiempo de publicidad y/o para el uso no alimentario.

En 2024/2025, los olivos han recuperado la capacidad efectiva tras dos campañas de cosecha inferior consecutivas. En cambio, la abundancia de lluvias y temperaturas delicadas de la primavera reciente podría dar lugar a un rendimiento significativo posterior en 2025 o 2026, lo que podría dar lugar a una sobrecarga de problemas de petróleo y mercado.

El sistema debe ser aprobado para el 31 de octubre de 2025, de acuerdo con el Real Decreto 84/ 2021’s post 3 para su uso en la cosecha 2025/ 2026. Esto sólo se utilizará si se descubren estimaciones precisas de la producción de aceite de oliva y si se descubren posibles desajustes de la industria.

El proyecto de orden especifica el factor de detección para el inconveniente del aceite de oliva, que es aplicable a nivel nacional, cuando el grado de stock original más las estimaciones de producción alcanzan el 120 % del nivel promedio de esta suma en los últimos seis años de comercialización.

Dirección General de Agricultura La selección de Producciones y Mercados decidirá si se han establecido las estimaciones y acciones de primera generación y, en consecuencia, se ha cumplido el porcentaje de creación que se ha de retirar.

Se desarrollará un plan para manejar el estándar de marketing en colaboración con las comunidades automáticas. Los organismos calificados de las comunidades autónomas realizarán controles oficiales para verificar el cumplimiento del concepto.

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